El Código Penal Español fija una serie de penas para cada delito cuando se trata de hechos consumados y fija un máximo y un mínimo de años para ello, entre los cuales el juez decidirá el tiempo de condena.
Pero para calcular estas penas, en ocasiones tenemos que tener en cuenta algunos factores para saber que pena podemos imponer, adaptando la pena en cada caso concreto.
Estos dos factores son por un lado la pena en su mitad superior e inferior y la pena superior e inferior en grado.
A continuación expondremos en que situaciones se aplica y como calcular la pena en estos casos.
PENA EN SU MITAD SUPERIOR E INFERIOR
¿En qué casos aplicamos la pena en su mitad superior e inferior?
Para la
determinación de la mitad inferior y superior de la pena se tendrán en cuenta
las circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, que se recogen
en el Código Penal.
En el Art. 66 ,Código Penal se
establecen las circunstancias
atenuantes y como cambian la pena por su aplicación:
- Las atenuantes, si solo concurre una, se
aplicará la pena en su mitad inferior. Si concurre más de una atenuante, o una
muy cualificada, se podrá imponer la pena inferior en uno o dos grados.
- Si en el delito concurren una o dos
circunstancias agravantes, se podrá imponer la pena en la mitad superior.
- Si concurren agravantes y atenuantes, en
ese caso se valorarán y compensarán para la individualización de las penas. Una
vez que los tribunales valoren las atenuantes y agravantes, según persista más
el fundamento de atenuación o agravación, se utilizará la atenuante o la
agravante.
El fundamento debe ser cualificado, eso
quiere decir que los que tengan mayores efectos y que sean importantes a pesar
de los fundamentos contrarios que existan, son los que se utilizarán.
- Cuando no concurran atenuantes
ni agravantes aplicarán la pena establecida por la ley para el delito cometido,
en la extensión que estimen adecuada, en atención a las circunstancias
personales del delincuente y a la mayor o menor gravedad del hecho.
¿Cómo calculamos la pena en su mitad superior e inferior?
Se calcula partiendo de la pena básica, de la que debemos calcular su mitad y de la mitad para abajo obtenemos la pena en su mitad inferior y de la mitad para arriba, la pena en su mitad superior. Para comprender mejor este término pondremos un ejemplo práctico.
Para el delito de robo con fuerza, la pena estipulada por el Código Penal es de 1 a 3 años de prisión.
La mitad de 1 a 3 años serían 2 años de prisión, por lo que la pena en su mitad inferior sería de un año a 2 años de prisión y en su mitad superior sería de 2 años y 1 día a 3 años.
PENA SUPERIOR E INFERIOR EN GRADO
¿En qué casos aplicamos la pena superior e inferior en grado?
- Las formas imperfectas de ejecución, si hay tentativa de delito, se aplicará la
pena inferior en uno o dos grados a la señalada para él (Art. 62,Código Penal). Si se debe rebajar un grado
o dos se determinará según el peligro inherente al intento y al grado de ejecución.
Aquí se tienen en cuenta la tentativa acabada e inacabada.
- La participación, se tendrá en cuenta el grado de participación de los
culpables. A los cómplices del delito consumado o intentado se les impondrá una
pena inferior en grado a la fijada por la ley para los autores del mismo (Art. 63 ,Código Penal).
- La concurrencia de la eximente incompleta, el Art. 69 ,Código Penal determina que se impondrá
la pena inferior en un grado o dos obligatoriamente.
- La concurrencia especial de atenuantes y agravantes. En el Código Penal, la aplicación de las
atenuantes y agravantes proporcionan un trato diferente a los casos en los que
concurran más de dos agravantes, o en casos de reincidencia. En el Art. 66 ,Código Penal se recogen unos supuestos
relativos a las agravantes y atenuantes.
Según este artículo:
- Se rebaja la pena un grado o dos si
concurren dos o más atenuantes, o una o varias muy calificativas y no concurre
agravante alguna.
- Se impone la pena superior en grado en su
mitad inferior si concurren más de dos agravantes y ninguna atenuante.
- Se impone la pena superior en grado a la
prevista, si incurre el culpable en reincidencia cualificada o multirreincidencia.
Ésta consiste en tres condenas anteriores por delitos del mismo Título del Código Penal.
- Se impone la pena inferior en más de un
grado, los jueces y Tribunales podrán recorrerla en toda su extensión para
determinarla.
La pena inferior o superior en grado es
aquella que, se establece siguiendo el Art. 70 ,Código Penal.
¿Cómo calculamos la pena superior e inferior en grado?
Para calcular la pena inferior en grado tomamos como referencia el límite mínimo de la pena y calculamos su mitad su mitad y para calcular la pena superior en grado, hacemos lo mismo pero tomamos como referencia el límite superior.
Pondremos un ejemplo de ello con la misma pena que en el caso anterior, de 1 a 3 años para el delito de robo con fuerza. La pena inferior en grado sería de 6 meses (que resulta de obtener la mitad del límite mínimo que es un año) a 1 año menos 1 día (siempre aplicaremos el límite mínimo menos 1 día).
La pena inferior en dos grados, resultaría de 3 meses a 6 meses de prisión, ya que una vez hemos reducido un grado y el mínimo se ha fijado en 6 meses, la mitad serían 3 meses.
La pena superior en grado, sería de 3 años más un día de prisión (siempre sumamos un día al límite máximo) a 4 años y 6 meses (que resulta de aplicar al límite máximo de 3 años su mitad, que sería de 1 años y 6 meses).
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