LA PRUEBA PERICIAL

                                  

Los peritos son profesionales con conocimientos técnicos, artísticos o científicos, que interactuan en los procesos judiciales para aportar estos conocimientos mediante la elaboración de un informe pericial sobre el caso concreto. Los peritos, también asisten a las vistas de los juicios para poder ser interrogados por las partes o por el juez y dar explicaciones sobre los distintos puntos que recogen sus informes. Siempre declaran bajo juramento de decir verdad.

En derecho civil el informe pericial se presenta la mayoría de las veces juntos con los escritos de demanda o contestación a la demanda de las partes. En el ámbito laboral, puede presentarse también junto con los escritos de las partes, pero suele presentarse como estrategia jurídica antes de la vista para que la otra parte no disponga de este informe desde un primer momento. 

En el procedimiento penal, puede haber un informe previo al acto del Juicio Oral y se puede aportar o en fase de Instrucción o con los escritos de acusación y defensa. En el procedimiento sumario, debe haber al menos 2 peritos por cada cuestión a discutir (art. 459 LECr) y en el procedimiento abreviado, es suficiente con un sólo perito (art. 778 LECr).

Una vez comenzado el juicio, la prueba pericial se practica conjuntamente, es decir, si hubiera diferentes peritos, entrarían seguidos unos de otros según el orden correspondiente (arts. 723 y ss. LECr).  

Una vez propuesta la prueba pericial, la parte contraria puede impugnarla, mediante argumentos concretos, sin impugnar cuestiones genéricas, siendo el momento adecuado al elaborar el escrito de defensa, en base a las normas de la buena fe procesal. Si es impugnado antes del juicio oral, el perito deberá acudir a ratificarse en su informe pericial y a someterse a las preguntas de las partes presentes en el procedimiento en base al principio de contradicción. En caso de no haber sido impugnado, no es necesario que el perito acuda a las sesiones del juicio y simplemente su informe quedará incorporado a la causa como prueba documental. 

Estos interrogatorios revisten gran complejidad, ya que como hemos dicho, son expertos en distintas materias que pueden resultarnos complicadas, por lo que para prepara el interrogatorio de un perito, lo mejor es que nos asesoremos a través de otro profesional de la materia a tratar. 


Comentarios